La responsabilidad de los medios audiovisuales
Recuerda el CELS en su informe que a lo largo del año 2008
reapareció en la agenda pública el debate acerca de la necesidad de sancionar una nueva
normativa que regulara los servicios de comunicación audiovisual y reemplazara la actual
Ley de Radiodifusión, promulgada durante la última dictadura militar y reformada en
sucesivas oportunidades para avalar, entre otras cosas, la formación y consolidación de
los grandes multimedios locales y la penetración del capital extranjero en las empresas
de medios de comunicación.
Agrega que el gobierno nacional, encabezado por la presidenta Cristina Fernández de
Kirchner, fue el encargado de reabrir la discusión sobre este tema a principios del mes
de abril, en el marco del lock out, protagonizado por las principales entidades de
productores agropecuarios que se negaban a aceptar el esquema de retenciones móviles a la
exportación de granos. Según la ONG, los grandes grupos mediáticos tuvieron
un papel determinante en el conflicto, al que construyeron discursivamente como una lucha
entre el campo y el gobierno.
Lugo comienzan las críticas al rol de los medios electrónicos: La cobertura
televisiva de las movilizaciones sociales y los enfrentamientos vinculados al conflicto
incluyó representaciones discriminatorias y estigmatizadoras de los actores afines al
gobierno señaló y recordó que esta postura asumida por los medios
audiovisuales recibió una enérgica condena del Consejo Superior de la Facultad de
Ciencias Sociales de la UBA que, en su resolución del 1º de abril de 2008, criticó los
contenidos clasistas y racistas de la cobertura y reclamó la sanción
de una ley democrática de radiodifusión que garantice los derechos del público a
acceder a la información plural. Además, solicitó la intervención del
Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión, lo que motivó una airada
respuesta de parte de las empresas de medios que rechazaron en bloque la declaración del
Consejo Superior y, en particular, el pedido de intervención del Observatorio, al que
rebautizaron como garita policial de vigilancia mediática, pues argumentaron
que su función iba en desmedro de la libertad de prensa.
El CELS recordó que el Observatorio integrado por el Comité Federal de
Radiodifusión (COMFER), el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y
el Racismo (INADI) y el Consejo Nacional de la Mujer (CNM) se creó en 2006 sin que
periodistas ni empresarios de la comunicación plantearan ningún tipo de objeción. Este
organismo interinstitucional, que actúa por iniciativa propia, o por reclamos o denuncias
realizadas ante cualquiera de las unidades estatales intervinientes, analiza los
contenidos objetados y define si el material contiene o no un mensaje discriminatorio.
Pero, dado que su intervención no tiene la finalidad de imponer sanciones ni
siquiera está facultado para hacerlo-, su acción se limita a comunicar el resultado de
la evaluación a las partes involucradas y difundir públicamente el análisis.
La ONG también recordó que el Observatorio restringe su acción a la radio y la
televisión, en tanto estos medios hacen uso del espacio radioeléctrico, un bien que es
patrimonio de la humanidad y que se encuentra administrado por el Estado, quien delega
parte de las frecuencias para su explotación por licenciatarios privados, en tiempos
acotados y bajo las condiciones fijadas por la normativa vigente. Esta situación difiere
completamente de la de la prensa escrita, donde el propietario de un medio puede publicar
los contenidos que considere apropiados y sólo deberá afrontar responsabilidades
ulteriores en caso de afectar los derechos de terceros.
La madre de todas las batallas
En este punto, el CELS abordó las reacciones de las empresas
periodísticas a diversas regulaciones impuestas por el Estado. En primer lugar, recordó
la llegada de Gabriel Mariotto como nuevo interventor del CONFER, quien comenzó a
anunciar el proyecto sobre una nueva Ley de Radiodifusión.
Sin embargo consignó el informe- tras el rechazo de la normativa destinada a
regular las retenciones móviles en el Congreso, el 17 de julio, comenzó a retrasarse la
presentación del promocionado proyecto de ley de radiodifusión. En esta coyuntura, el
CELS intervino junto a la Coalición por una Radiodifusión Democrática y envió una
carta a la presidenta en la que se reclamaba la presentación de la iniciativa para que
pudiera ser debatida por la sociedad civil al mismo tiempo que era girada al
Parlamento.
Más adelante consideró que la experiencia de 2008 ha evidenciado los obstáculos
que debe sortear cualquier iniciativa que intente asegurar umbrales mínimos de pluralismo
y diversidad, imprescindibles para el fortalecimiento del debate democrático. La Ley
22285 (la vieja ley de Radiodifusión), promulgada en 1980, fue reformada más de 200
veces a lo largo de los últimos veintiocho años, en la inmensa mayoría de los casos a
partir de fuertes presiones empresariales que buscaban profundizar la estructura comercial
concentrada y transnacionalizada del sistema de medios.
Y recordó que en 1989 se permitió que las empresas nacionales propietarias de
medios gráficos accedieran a licencias de radiodifusión, avalando la propiedad cruzada
de medios que, hasta entonces, estaba prohibida por la norma. En 1991, el Tratado de
Protección y Promoción Recíproca de Inversiones, ratificado por la Ley 24125 de 1992,
habilitó la entrada de capital extranjero en el mercado de medios, y el Decreto nº 1005
de 1999 llevó el límite máximo de licencias por licenciatario de cuatro a 24 en todo el
país, a la vez que restringió el control de las transferencias de licencias por parte
del COMFER. Finalmente, en 2005, a través del Decreto nº 527, se suspendió por diez
años el conteo de las licencias de radiodifusión, estableciendo, de hecho, una prórroga
por una década para los actuales licenciatarios. Estas modificaciones fueron resueltas
sin ningún tipo de discusión pública y, muchas veces, a través de Decretos de
Necesidad y Urgencia.
El CELS cuestiona que a lo largo de los últimos veinticinco años no se ha
escuchado ningún reclamo de los propietarios de medios para que se sustituyeran, por
ejemplo, los artículos 7, 14 o 18 de la actual Ley de Radiodifusión, que instan a los
medios a colaborar con la seguridad nacional, a contribuir al
fortalecimiento de la fe y la esperanza en los destinos de la Nación argentina y a
difundir las noticias relacionadas con hechos o episodios sórdidos, truculentos o
repulsivos [con] decoro y sobriedad, dentro de los límites impuestos por la información
estricta. Todo esto en el marco de los postulados de la Doctrina de la Seguridad
Nacional, que animó la sanción de esta normativa como un engranaje más del terrorismo
de Estado.
Para el CELS, este nuevo intento por establecer una regulación democrática de la
radiodifusión pone de manifiesto la necesidad de construir un consenso social amplio que
garantice el reconocimiento de la comunicación y la cultura como elementos centrales de
un Estado de derecho, que de ninguna manera pueden quedar supeditados a las lógicas de la
explotación comercial en desmedro del bienestar común. El carácter individual y social
del derecho a la información determina una doble limitación derivada de la actual
estructura concentrada del sistema de medios: por un lado, discrimina e impide que
diversos sectores de la sociedad den a conocer sus ideas libremente y, por el otro, priva
al resto de la sociedad del acceso a esa información y a las opiniones producidas por
grupos diferentes a los grandes conglomerados mediáticos.
Cambios en el Comfer y decisiones resistidas
En este punto, el informe afirmó que con la llegada de las
nuevas autoridades, además de adquirir un rol protagónico en los debates e intercambios
vinculados con la nueva ley, el COMFER puso en marcha una serie de medidas que provocaron
nuevas polémicas con los radiodifusores comerciales, quienes una vez más rechazaron
cualquier intervención estatal destinada a regular aspectos básicos de su
actividad.
Recordó así la disposición del Comfer por la cual las empresas distribuidoras de
televisión por cable debían dar lugar en las primeras quince posiciones de su grilla a
los cinco canales de aire de la Ciudad de Buenos Aires y La Plata (Canal 7, Canal 9, Canal
13, Telefé y América), las cinco señales de noticias de alcance nacional (AN24, Canal
26, Crónica TV, C5N y TN) y la señal Encuentro, dependiente del Ministerio de
Educación. Además, los canales debían estar ordenados de forma correlativa de acuerdo a
su rubro.
Y resaltó que las respuestas de los licenciatarios no se hicieron esperar. La
Comisión de Empresarios de Medios de Comunicación Independientes consideró que la
resolución del COMFER constituía un caso de censura previa, en el que el poder
político pretende digitar qué cosa y de qué manera debe llegar al público. Por
su parte, la Asociación Argentina de Televisión por Cable consideró que la medida
representaba un acto de avasallamiento al federalismo y las identidades
locales. La crítica en este último caso se fundaba en el hecho de que la
disposición oficial no tomaba en cuenta la necesidad de otorgar un lugar preferencial en
la grilla a los canales locales de las distintas regiones del país, obligando a los
espectadores del interior a recibir en primer lugar las señales porteñas.
Señaló entonces que frente a esta demanda, el COMFER dictó la Resolución 227, en
la cual se modificaba la normativa anterior y se permitía que en las primeras quince
posiciones estuvieran las señales de televisión abierta propias de cada región. Sin
embargo, esta rectificación demostró que la defensa del federalismo no era el verdadero
obstáculo para que se cumpliera lo dispuesto por el organismo nacional, y la mayoría de
los distribuidores de TV por cable permaneció sin acatar el reordenamiento.
Según el CELS, el principal proveedor de televisión por suscripción,
Cablevisión-Multicanal (propiedad del Grupo Clarín), conservó, hasta el cierre de este
Informe, su propio ordenamiento y en ningún momento cumplió con la disposición oficial.
En caso de hacerlo hubiera tenido que reubicar una de sus señales de mayor rating, TN, y
hacerle perder el lugar privilegiado que hoy ocupa entre los dos canales de televisión
abierta de mayor audiencia (Telefé y Canal 13).
Cabe aclarar -porque el informe del CELS no lo dice- que cuando el Grupo Clarín adquirió
Cablevisión produjo un primer cambio en su grilla: colocó en los primeros lugares a
todos los canales o señales informativas, incluso a Canal 26 y Crònica TV que estaban en
posiciones por arriba del canal 60. Asimismo hay que consignar que el Grupo al oponerse en
sede judicial a la medida del COMFER obtuvo dos fallos favorables que ordenaron no
innovar. La cuestión sigue en pleito judicial, ya que ambos fueron apelados por el Estado
Nación.
Sin embargo para el CELS esta resistencia de parte de Multicanal y Cablevisión
no puede separarse del enfrentamiento, desatado en el marco del lock out agropecuario,
entre distintos sectores del gobierno y el Grupo Clarín. La pelea tomó estado público e
incluyó discursos de la propia presidenta y del ex presidente, Néstor Kirchner, con
fuertes críticas a periodistas y medios que forman parte del grupo. Pero más allá de
los ánimos políticos que guían cada decisión, la medida dispuesta por el COMFER tenía
un claro objetivo de defensa del pluralismo, al garantizar la mayor diversidad de fuentes
posible en el contexto actual otorgando las posiciones de mayor audiencia a señales
producidas por diferentes empresas de medios.
Para el CELS, la Resolución 227 puede ser vista como una decisión tendiente a
mitigar, al menos en parte, los efectos de la aprobación de la operación conjunta entre
Cablevisión y Multicanal, resuelta por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia
tres días antes del cambio de mandato presidencial, en diciembre del 2007 ya que
uno de los mayores peligros de esta operación, mediante la cual el Grupo Clarín se
quedó con una participación de alrededor del 60% en el mercado del cable, es la
exclusión de las señales producidas por medios competidores, o su confinamiento a las
últimas posiciones de la grilla.
El caso Continental-FM 104.3
En este punto, el CELS recordó otro caso de gran
repercusión pública en el que intervino el COMFER fue el de Radio Continental y FM
104.3, que a partir del 1º de abril conformaron una red permanente y empezaron a emitir
en dúplex para la Ciudad de Buenos Aires. Consignó que este tipo de redes
privadas están habilitadas por la actual legislación siempre que hayan sido autorizadas
previamente por el COMFER. La empresa, que es propiedad del grupo español PRISA, no
pidió autorización y se limitó a comunicarle al COMFER, un día antes, el inicio de las
transmisiones en red en calidad de prueba.
Añadió que al mismo tiempo, Nostalgie AMSUD, propietaria de la FM 104.3, al
delegar la explotación de su emisora estaba incumpliendo el pliego de licitación por el
cual le fue oportunamente adjudicada la licencia.
De todas formas, aclaró que éste no es el único aspecto cuestionable del
caso debido a que lo que en principio fue presentado como un acuerdo entre
empresas diferentes (PRISA-Continental y Eyeworks-Cuatro Cabezas, dueña de Nostalgie
AMSUD) quedó desmentido el 22 de agosto cuando la firma Eyeworks-Cuatro Cabezas emitió
un comunicado en el que señalaba que, en el mes de marzo, había vendido Nostalgie AMSUD
a la compañía Inversiones JR SA y al empresario colombiano Jorge Estrada Mora.
Recordó el CELS que un día antes, el propio Mariotto se preguntaba, en
declaraciones periodísticas, si en realidad detrás de todo este acuerdo de
delegación de explotación de los originales adjudicatarios de la frecuencia 104.3 a
PRISA-Continental no habrá una operación de compra de la emisora encubierta y todavía
no declarada. En caso de confirmarse una relación directa entre ambas empresas,
existiría una violación grave a lo dispuesto por la ley, según la cual, un mismo
propietario sólo puede poseer una licencia de AM y una de FM por área de cobertura,
límite que Continental ya había cubierto con su FM 105.5, Los 40 principales.
Según el CELS, aun cuando fueran empresas independientes, el acuerdo presentado por
las compañías asigna a Continental el 70% de la facturación neta de la FM 104.3 y, para
el COMFER, esta situación constituye, en la práctica, un ejercicio por parte de la
firma precitada de los derechos emergentes de una segunda licencia de servicios
complementarios de FM, esto es, un incumplimiento de los límites legales impuestos por el
actual marco regulatorio.
El CELS destacó el incumplimiento de la empresa: el organismo ordenó, mediante la
Resolución 646, que cesaran las transmisiones en red. Sin embargo, las emisiones
continuaron, por lo menos hasta el cierre de este Informe. Ambas empresas presentaron un
recurso para que se dejara sin efecto la medida y pidieron que el tema fuera elevado a la
órbita de la Secretaría de Medios de la Nación. Al mismo tiempo, condenaron la
decisión del COMFER y plantearon que se trataba de una medida arbitraria, que
coarta la libertad de expresión y sin precedentes a nivel nacional.
Según consta en el informe, para Continental, el cese de la transmisión en dúplex
afectaría directamente el derecho de acceso a la información de los más de
100.000 oyentes diarios de FM 104.3 que se sumaron a la tradicional audiencia de
Continental, y a todos los argentinos, por vulnerar un derecho constitucional.
Luego emprendió la crítica contra conductores de esa radio: Los periodistas de la
emisora vincularon la decisión con el conflicto con las cámaras empresariales
agropecuarias. Por ejemplo, para Víctor Hugo Morales, conductor de La Mañana, en radio
Continental, el gobierno reaccionó porque el tema del campo le resultó irritativo
y busca venganza. Por su parte, Magdalena Ruiz Guiñazú, responsable de
Tempranísimo, en la misma emisora, criticó al COMFER por fundar su sanción en una
ley de la dictadura y llamó al organismo a ocuparse de limpiar el éter de
radios con espacios que no les corresponden, en referencia a las FM que aún no
poseen la correspondiente habilitación del organismo de control, muchas de ellas en manos
de organizaciones sociales.
Como colofón, el CELS consideró que una vez más es necesario separar el contexto
político de la efectiva violación a la ley y del recorte a la pluralidad de voces que
implica la conformación de una red de estas características por parte de uno de los
grupos multimedia más poderosos del mundo de habla hispana. Pero indicó que
la legitimidad de esta medida puede resultar cuestionable en tanto el COMFER no
avance a la brevedad en el análisis y la eventual sanción a otros conglomerados de
medios que podrían estar incurriendo en la misma infracción a la normativa vigente y
limitarían la diversidad de emisores.
La polémica por los subtítulos ocultos
En este punto, el CELS recordó que a fines de agosto, el
COMFER dispuso la implementación del sistema de subtitulado oculto opcional
(más conocido por su denominación en inglés, Closed Caption) en los canales de
televisión abierta. Esta modalidad permite a todos los espectadores con problemas de
audición ver cuadros de texto que reproducen los diálogos y los sonidos que acompañan a
las imágenes, tanto en los programas grabados como en aquellos que se emiten en directo.
El sistema está incluido en todos los televisores fabricados a partir de 1999 y se
habilita activando una opción en el menú de configuración.
Afirmó que la medida, que se basa en los compromisos internacionales asumidos por
el Estado argentino en materia de libertad de expresión, acceso a la información y no
discriminación, llega con más de una década de retraso si se compara la normativa
vigente en los Estados Unidos, Canadá y gran parte de los países europeos.
Aseguró el informe que en nuestro país, Canal 7 fue el primero en implementar los
subtítulos ocultos en programas grabados a partir del año 2000. Por su parte, algunos
licenciatarios privados comenzaron a prestar el servicio en 2004 aunque, en la actualidad,
sólo se ofrecen doce horas de programación con subtitulado en los canales de televisión
abierta, según datos de la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA).
La Resolución 679 del 25 de agosto, por la cual se puso en marcha esta iniciativa,
establece un período de instrumentación de los subtítulos de noventa días para los
programas grabados y de un año para los emitidos en directo, señaló y agregó que
los plazos dispuestos por el COMFER motivaron fuertes críticas de las empresas que,
nuevamente, se opusieron a lo resuelto por el organismo de control. Esta vez, la respuesta
estuvo a cargo de ATA y resultó contundente: el 10 de septiembre esta asociación que
reúne a los empresarios de canales de televisión impugnó la resolución del COMFER,
solicitó tomar vista del expediente que dio origen a la medida con la finalidad de
ampliar la impugnación, y amenazó con acudir a la Justicia.
Consignó que el director ejecutivo de ATA, Carlos Molinero, expresó en
declaraciones periodísticas el acuerdo de la asociación con la implementación del
subtitulado, pero aseguró que los tiempos previstos para la transición implicaban costos
difíciles de afrontar, en particular para los canales del interior del país y
aseguró que la presidenta de la Asociación Civil por la Integración Social, que
reúne a personas con discapacidades auditivas, Mónica Bianchi, cuestionó los argumentos
de ATA: En realidad llevamos muchísimos años pidiendo este derecho. Dicen que ya
lo vienen haciendo, pero ¿tanto tiempo lleva incorporar todos los programas? Cuando lo
discutimos en el Congreso pidieron diez años. Ahora se oponen a esta
resolución.
El CELS objetó que vencidos los plazos dispuestos, la medida sigue sin cumplirse.
El COMFER y los empresarios no han llegado a un acuerdo respecto de los tiempos de la
implementación, y la posibilidad de que el tema termine en la Justicia está todavía
abierta. Y añadió que tal como ocurrió en el caso del reordenamiento de la
grilla de los canales de cable y en la conformación de la red Continental-FM 104.3, la
polémica por los subtítulos para hipoacúsicos revela la dificultad para implementar
medidas democratizadoras en el ámbito de la radiodifusión.
Poner límites y fortalecimiento del Estado
Por último, el CELS señaló que la nueva
gestión del COMFER enfrenta el desafío de comenzar a poner límites después de décadas
de haberlo permitido todo, regulando a la medida de las necesidades de los grandes
conglomerados mediáticos y consideró que en este contexto resulta
imprescindible fortalecer el rol del Estado como garante de la diversidad y el pluralismo
en los medios y dejar atrás el paradigma que identifica cualquier regulación en este
ámbito como una intromisión en los intereses privados y un recorte a la libertad de
prensa.
Y pidió que es necesario dotar al organismo de control de una legitimidad renovada,
que sólo puede emanar de una nueva normativa que amplíe su autonomía y garantice su
conformación plural. La apertura de instancias de diálogo que involucren no sólo a los
empresarios de la comunicación sino también a los trabajadores de medios y a distintos
actores de la sociedad civil comprometidos con la libertad de expresión es un requisito
fundamental para inaugurar nuevas vías de diseño e implementación de políticas en la
materia.
Fuente: http://www.diariosobrediarios.com.ar
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